MIAMI.- Citando la protección de los derechos parentales, un tribunal de apelaciones de Florida anuló la disposición legal que facultaba a menores a solicitar abortos mediante una exención judicial, sin necesidad del consentimiento de sus padres.
El fallo, emitido por un panel de tres jueces del 5º Distrito de Apelación, argumenta que dicho procedimiento violaba los derechos fundamentales del debido proceso de los progenitores.
Motivación
La sentencia, respaldada por el fiscal general del estado, James Uthmeier, se centró en un caso concreto de una joven de 17 años a quien se le negó la posibilidad de abortar sin el consentimiento parental, tanto en primera instancia como en la posterior apelación.
Los magistrados sostuvieron que el mecanismo de exención judicial, conocido como "judicial bypass", privaba a los padres de garantías constitucionales básicas, como el derecho a ser notificados y escuchados en decisiones cruciales sobre la salud y el bienestar de sus hijos.
El tribunal enfatizó que la Constitución de Florida otorga una protección a los derechos parentales incluso mayor que la Constitución federal.
Es crucial destacar que esta decisión no afecta lo establecido en la ley que permite a las menores acceder a un aborto sin consentimiento parental en situaciones donde exista evidencia de abuso infantil o sexual.
Entorno restrictivo
Este fallo se inscribe en un panorama de políticas antiaborto cada vez más estrictas en Florida. Desde el 1 de mayo de 2024, el aborto es ilegal en el estado después de las seis semanas de gestación.
Para aquellas que buscan interrumpir un embarazo dentro del marco legal, se exigen dos citas presenciales en la clínica, con al menos 24 horas de diferencia entre ellas.
Las excepciones a esta prohibición de seis semanas son limitadas: se permite el aborto hasta las 15 semanas en casos de violación, incesto o trata de personas, siempre que se presente documentación oficial.
También se contempla una excepción antes del tercer trimestre si dos médicos certifican una anomalía fetal letal, y en cualquier momento si el procedimiento es necesario para salvar la vida de la mujer o evitar un daño físico grave e irreversible, excluyendo explícitamente las condiciones psicológicas.
Antes de este reciente fallo, la ley de Florida ya exigía que las menores obtuvieran el consentimiento escrito de al menos uno de sus padres o tutores legales para poder abortar.
Sin embargo, existía el proceso de exención judicial que permitía a una menor solicitar a un juez permiso para abortar sin dicho consentimiento, si podía demostrar suficiente madurez o que el consentimiento no era lo mejor para sus intereses.
Este es el proceso que ahora ha sido declarado inconstitucional, consolidando la obligación del consentimiento parental, salvo en los casos de abuso mencionados.
Impacto y reacciones
La implementación de la prohibición de las seis semanas ya ha tenido un impacto medible. Según datos recientes, el número de abortos realizados en Florida disminuyó un 28% durante 2024 en comparación con el año anterior.
Además, los esfuerzos legislativos para ampliar las excepciones médicas a la prohibición han encontrado un muro en la mayoría republicana del Congreso estatal, que ha bloqueado dichas propuestas, manteniendo un acceso muy limitado.
Este endurecimiento progresivo de las leyes se vio precedido por una decisión crucial de la Corte Suprema de Florida en abril de 2024, cuando revocó la protección constitucional estatal al derecho al aborto, eliminando décadas de jurisprudencia previa que lo amparaba.
El reciente fallo del tribunal de apelaciones solidifica el control parental sobre las decisiones de aborto de las menores, en un estado donde el acceso al aborto se ha restringido drásticamente.