NUEVA YORK – El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) en Puerto Rico acudió al Tribunal Supremo en la isla para que intervenga en el pleito que busca dejar a LUMA Energy sin la inmunidad que le exime de responder ante pérdidas de equipos electrónicos debido a deficiencias en el servicio eléctrico y apagones.
La agencia argumenta en el recurso de certificación que, por tratarse de un asunto de alto interés público que requiere atención urgente, el máximo foro debe asumir jurisdicción.
A juicio de los demandantes, el Tribunal Supremo, como máximo intérprete de la Constitución en Puerto Rico, es la autoridad llamada a determinar qué disposiciones cumplen con dicha ley y cuáles no.
Según la agencia del gobierno de Puerto Rico, en el 2021, el Negociado de Energía (NEPR) otorgó “inmunidad absoluta” a la empresa encargada de la transmisión y distribución de energía sin tener la autoridad en ley, “por lo que toda actuación por parte dicha entidad fuera del marco legal es nulo ab initio”.
“Es decir, el NEPR carecía de autoridad legal para conferir una inmunidad por vía contractual o administrativa a LUMA, ya que la Asamblea Legislativa no le delegó tal facultad. La Constitución de Puerto Rico es clara al disponer que la creación de concesiones o privilegios de carácter público debe ser dispuesta por ley. Cualquier intento de evadir ese requisito mediante una resolución administrativa-como hizo el NEPR en el 2021-constituye una violación directa a los Artículos III y VI de la Constitución y a la doctrina de separación de poderes”, expone parte del documento de 24 páginas en el que no solo se emplaza a LUMA, sino al NEPR y a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).
“En síntesis, pretender crear un régimen de inmunidad mediante un contrato administrativo entre el Ejecutivo y una empresa privada como LUMA evade estos procesos democráticos y vulnera la arquitectura constitucional del Estado. Por lo que, sostenemos, la situación ante nos requiere una intervención expedita de este Honorable Foro por tratarse de algo que tiene como efecto trastocar el equilibro de poder establecido en nuestra Constitución y la estructura republicana de Gobierno”, añade la demanda radicada por DACO el 8 de agosto.
A través del recurso, la Administración de la gobernadora Jenniffer González solicita una sentencia que declare nula la Resolución del 31 de mayo de 2021 emitida por el NEPR en virtud de la Sección 4.1 del contrato entre LUMA y la AEE, conocido oficialmente como “Acuerdo de Operación y Mantenimiento del Sistema de Transmisión y Distribución de Puerto Rico” (Puerto Rico Transmission and Distribution System Operation and Maintenance Agreement). Mediante la decisión, en el contrato se eximió de responsabilidad a LUMA por los daños causados a consumidores, aún cuando estos resulten de negligencia ordinaria.
La movida de DACO se da luego de que, en una vista pública celebrada por la Cámara de Representantes de Puerto Rico en mayo pasado, representantes de LUMA declararon bajo juramento que habían recibido 1,828 querellas de consumidores relacionadas con daños a propiedad, pérdidas de enseres y otras consecuencias atribuibles a fallas en el servicio.
“Según su propio testimonio, dichas querellas no han sido atendidas por entender que están eximidos de responsabilidad, a tenor con la Resolución del 31 de mayo de 2021 del NEPR en virtud de la solicitud realizada bajo la Sección 4.1(g) del Acuerdo”, especifica la demanda.
En ese sentido, el recurso insiste en que dicha inmunidad fue concedida mediante un proceso administrativo y contractual, y que, en ningún momento, se consultó a la Asamblea Legislativa ni se presentó legislación alguna para extender a LUMA, un operador privado, la inmunidad.
Sobre la autoridad de DACO para radicar el pleito, el documento plantea que la agencia ostenta legitimación activa para proceder conforme a su mandato legal.
“La Asamblea Legislativa de Puerto Rico, mediante la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, confirió expresamente al DACO la autoridad para comparecer ante cualquier foro judicial o administrativo para proteger los derechos e intereses de los consumidores”, detalla el escrito.
El recurso argumenta que, antes de que LUMA le solicitara al NEPR el relevo de responsabilidad, los abonados de la AEE tenían maneras de solicitar reparaciones a la corporación.
“Previo a la firma del Acuerdo entre LUMA y la AEE, la corporación pública contaba con un mecanismo o procedimiento para que los consumidores presentaran sus reclamos por daños causados por negligencias o fluctuaciones en el servicio eléctrico titulado ‘Procedimiento para el análisis, trámite y pago de Reclamaciones a Personas Ajenas a la Autoridad de Energía Eléctrica’ con fecha de 15 de febrero de 2016. Es decir, la AEE, aún siendo una corporación pública, no gozaba de la inmunidad que hoy día goza LUMA ante reclamaciones de los consumidores”, resalta el texto.
El pedido de DACO, a través de su secretaria Valerie Rodríguez Erazo, se suma a otros esfuerzos de la Administración González Colón para una potencial cancelación del contrato de LUMA, reclamo que vienen haciendo diversos sectores desde hace años.
En esa dirección, el mes pasado, el llamado “Zar de energía”, Josué Colón, notificó mediante carta a LUMA de una serie de incumplimientos que podrían conducir a la terminación del Acuerdo o contrato.
Entre otras cosas, la misiva de 81 páginas señala como deficiencia que LUMA solo ha conseguido $345 millones en reembolsos de fondos federales para reconstrucción, a pesar de que hay disponibles unos $10,000 millones.
Además, la carta alerta sobre el uso de empleados provenientes de la empresa Quanta, que tiene acciones en LUMA, lo que podría significar un conflicto de interés y violación de las normas de contratación federal; así como interrupciones en el servicio, entre otras fallas.
Colón, quien además es el director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (P3A), señala en la misiva que, si LUMA no repara los señalamientos, el gobierno podría rescindir el contrato por incumplimiento.
“La P3A invoca de inmediato el mecanismo de resolución de disputas del Artículo 15 y notifica formalmente a LUMA: el Gobierno de Puerto Rico ya no subsidiará la incompetencia ni excusará la insubordinación. Los puertorriqueños merecen un operador de la red eléctrica que mantenga las luces prendidas, respete los fondos públicos y obedezca los términos y condiciones del contrato firmado”, indica Colón en el texto.
Ruth Santiago, líder ambientalista puertorriqueña y miembro del grupo multisectorial Queremos Sol, consideró la acción de Colón como un paso necesario, pero que no garantiza que se siga con los demás que son requeridos para dejar sin efecto el contrato.
“Puede haber algún tipo de acuerdo a puerta cerrada que haga el Gobierno con LUMA que perpetúe a esa compañía en el manejo del sistema”, anticipó a preguntas de El Diario.
La activista argumentó que aunque, en efecto, la P3A es la entidad que inicialmente tiene que notificarle a LUMA que ha incumplido, hay múltiples entidades y personajes interviniendo en los procesos, incluyendo la Junta de Control Fiscal (FOMBPR).
“Aquí hay mucha injerencia de muchas entidades y me imagino que hasta la Junta de Control Fiscal tendría alguna, pero, principalmente, el contrato establece que quien supervisa y fiscaliza ese contrato es la P3”, señaló Santiago, una de las principales críticas del contrato de LUMA con el gobierno de Puerto Rico.
De los hallazgos señalados por Colón, Santiago resaltó la incapacidad de LUMA de no asegurar los fondos de FEMA y la contratación de empleados de Quanta Services.
“Estos son cosas que los grupos venimos señalando desde hace años y reclamando, y pues la notificación de 81 páginas que le envió el llamado ‘Zar de energía’…ciertamente enumera las fallas de LUMA en términos de, por ejemplo, no lograr el reembolso de dinero de FEMA (Agencia Federal para el Manejo de Emergencias) por los trabajos en el sistema eléctrico, y eso a su vez trae el señalamiento que hace FEMA de que no reembolsa porque hay mal manejo y prácticas ilícitas de parte de LUMA al contratar empleados de sus compañías afiliadas sin un debido proceso competitivo y aumentando los costos de los trabajos. Sabemos que en el contrato de LUMA (O&M Agreement) se establece que LUMA puede, inclusive, pagar unas cantidades muy por encima de lo que se cobraba por la empleomanía aquí, y además de eso, pagarle todos los gastos de viaje, estadías en hoteles, entretenimiento…y que eso ha aumentado los costos y que eso un poco la respuesta de FEMA reconoce que no amerita ser reembolsado”, abundó la también exmiembro del Consejo Asesor de Justicia Ambiental de la Casa Blanca bajo la Administración Biden.
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